La práctica de la autopsia médico legal previa opinión del médico forense y con la autorización de la o el fiscal. Posteriormente, coordina el traslado del cadáver al Instituto de Medicina Legal, para la practica la autopsia y los indicios recabados los remite al departamento de criminalística.
Realiza el reconocimiento preliminar del cadáver, en coordinación con la o el Fiscal, investigador y técnicos de inspecciones oculares, describiendo previamente la naturaleza de las lesiones o heridas que presente el cadáver y su posible incidencia en la causa de la muerte.
Entre las pericias que puede realizar se encuentra: la corroboración del diagnostico de la muerte, el establecimiento de la causa de la muerte, el o los mecanismos de la muerte.
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